Alarmas de incendios por voz: resumen normativo

Las alarmas de incendio por voz son parte esencial de un sistema de protección activa en edificios que ofrece todas las garantías de seguridad. En comparación con los sistemas de megafonía tradicional, los sistemas de evacuación por voz presentan ventajas significativas: están diseñados para salvar vidas, no para música; garantizan una disponibilidad 24/7; existe una supervisión y registro de funcionamiento; hay certificados asociados; y además son sistemas de megafonía de altas prestaciones. Asimismo, frente a sirenas tradicionales, los sistemas por voz destacan por transmitir tranquilidad a los usuarios; gestionar una evacuación controlada por fases y ajustada al plan de emergencia; organizar una evacuación por zonas con personalización de mensajes; y permitir enviar mensajes de alerta y evacuación precisos.

Según indica el CTE en el DB SI, existen unos reglamentos, RIPCI RD 513/2017 y RSCIEI, sobre instalaciones de protección contra incendio, que contemplan todos los aspectos para tener en cuenta en relación con el diseño, instalación y mantenimiento de los sistemas.

Además, existen casos donde son de aplicación obligatoria:

  • Espacios de pública concurrencia con un aforo superior a 500 personas y una superficie de más de 500 metros cuadrados.
  • Entornos hospitalarios en todos los casos.
  • En el sector industrial, actualmente es de uso recomendado en superficies de más de 10.000 metros cuadrados. No obstante, en un futuro será obligatorio en estos espacios, si además hay una densidad de ocupación superior a 3 personas por 100 metros cuadrados.

En base a ello, se consideran pública concurrencia, espacios de:

  • Uso cultural como restauración, espectáculos, reunión, auditorios, recintos de juego, museos y centros de exposiciones.
  • Uso religioso
  • Transporte de personas: aeropuertos, bus, metro y tren.

En cambio, no son pública concurrencia supermercados e hipermercados, parkings, cárceles, colegios y túneles. Igualmente, los hoteles y centros comerciales tampoco tienen la consideración de pública concurrencia, salvo las zonas de restauración, espectáculos, salas de reuniones, etc.

Definitivamente, los sistemas de evacuación por voz presentan ventajas significativas en comparación con la megafonía tradicional y las sirenas. Es imprescindible tener en cuenta que, en España, su aplicación se rige por normativas específicas.