RIPCI

 

El pasado 3 de septiembre de 2025 se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el Real Decreto 770/2025, de 2 de septiembre, que introduce modificaciones relevantes en materia de seguridad industrial. Uno de los aspectos más destacados es la reforma del Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios (RIPCI), específicamente en lo relativo al régimen de contratación de los profesionales habilitados.

La norma entró en vigor el 4 de septiembre de 2025, de forma inmediata.

 

¿Qué cambia con esta reforma?

 

La principal novedad afecta al apartado 1 del Anexo III del RIPCI, que regula los medios humanos mínimos exigidos a las empresas instaladoras y mantenedoras de sistemas de protección contra incendios (PCI).

Hasta ahora, el reglamento exigía que el responsable técnico estuviera contratado en plantilla a jornada completa, salvo excepciones por jornada reducida.

Con la nueva redacción:

  • El responsable técnico ya no está obligado a formar parte de la plantilla laboral.
  • Podrá ser contratado bajo cualquier modalidad legalmente permitida: contrato laboral, mercantil o profesional.
  • Desaparece la exigencia de jornada completa, introduciéndose la fórmula más flexible de “durante el tiempo necesario”.
 
Requisitos mínimos actuales

 

Tras la reforma, las empresas de PCI deben contar, como mínimo, con:

  1. Un responsable técnico: persona con titulación universitaria y competencias específicas en PCI.
  2. Un operario cualificado: para cada sistema en el que la empresa esté habilitada, salvo que un único profesional esté cualificado para todos.

Además, se permite que una misma persona pueda ejercer ambos roles, siempre que cumpla con los requisitos establecidos.

 
Aspectos clave a tener en cuenta

 

  • Flexibilidad contractual: el responsable técnico ya no tiene que estar en plantilla ni a jornada completa.
  • Indefinición formativa: persiste cierta ambigüedad sobre qué titulaciones se consideran válidas para ejercer como responsable técnico.
  • Cobertura mínima: sigue siendo obligatorio contar con al menos un responsable técnico y un operario cualificado, aunque ambos roles pueden recaer en la misma persona.
¿Por qué este cambio?

La modificación responde a una exigencia de la Unión Europea, que consideraba que la normativa española anterior restringía la libre competencia al imponer una modalidad de contratación específica.

El nuevo decreto simplifica los requisitos de contratación en las empresas de PCI, ofreciendo mayor flexibilidad para estructurar los equipos técnicos. No obstante, también plantea un escenario menos definido en cuanto a dedicación y cualificación, lo que podría dar lugar a interpretaciones diversas dentro del sector.